Ep. 24 | Confesiones de dos Ecuatorianas que votan este domingo, Consulta Popular en Ecuador, y catch up con @pilisanchezu

Hi Friends! Este episodio es una conversación entre dos amigas Ecuatorianas que van a votar el domingo 5 de Febrero, Pili lo hará en Bélgica y yo, Estefi, en Ecuador.

No vamos a educarles en las preguntas, esto no es un análisis, vamos a conversar de ellas, lo que aprendimos de ellas, como nos sentimos al vernos tan confundidas por su lenguaje y más que nada crear un poquito más de consciencia y curiosidad para poder votar de una manera más consciente y más o menos informada.

Aquí van a ver las notas que tomó Pili, las que tomé yo y también las preguntas.

 
 

TIPS BASICOS

  • para la consulta popular, no votar en plancha — se anula — votar pregunta por pregunta

  • “Los ciudadanos de las áreas urbanas recibirán siete papeletas para escoger alcalde, prefecto y viceprefecto, concejales, miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y las respuestas del referéndum. Los de las zonas rurales tendrán una más, con el fin de designar a los miembros de las juntas parroquiales.

 

LINKS IMPORTANTES

La Guia de Recursos hecha por Pili en instagram link directo aquí

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Verifica si estas afiliado a un partido politico sin tu consentimiento (!!!!!!!) EN ESTE ARTICULO ESTÁN LAS INSTRUCCIONES.

 

La papeleta

fuente

 

PREGUNTA 1

La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?

  • Una extradición activa, tu eres el estado que pide la extradición.

    Es una extradición pasiva, consiste en enviar ecuatorianos al extranjero. Como lo que ocurre en Colombia (30 años) y México. El proceso toma en Colombia entre 12-18 meses.

    Se requiere:

    Que sea un ecuatoriano.

    Que sea requerida por otro Estado.

    Que se encuentre en territorio ecuatoriano.

    Que un juez ecuatoriano dicte una sentencia que autorice la extradición.

    En Ecuador existe la extradición pasiva de extranjeros, no de ecuatorianos hasta el momento.

    ¿Todos los delincuentes pueden ser extraditados? No.

    Solo por delitos transnacionales como trafico de drogas, trafico de armas, trata de personas, blanqueo de producto del delito.

    El otro país necesita requerir la extradición.

    ¿Cuánto tiempo podría tardar en implementarse la extradición? Se tardará mínimo UN AÑO en implementarse. Hay que hacer una reforma a la ley de extradición.

    ¿Se van a necesitar hacer cambios en los tratados internacionales? Hay criterios divididos, el Gobierno dice que no, otros expertos que si.

    Esto es una herramienta, no es la solución. Mirar la realidad de Colombia y México.

    ¿Qué está haciendo la UAFE para identificar el movimiento del dinero del narcotráfico?

  • extradición pasiva vs extradición activa

    crimen transnacional, otro pais lo requiere, no es que nosotros decidimos a quien mandamos, osea se demoraria muchísimo hasta en implementarse, no es una solución.

 

PREGUNTA 2

Actualmente, el Consejo de la Judicatura selecciona, evalúa, asciende, capacita y sanciona a fiscales, a pesar de que la Fiscalía es un órgano autónomo. ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?

  • Dirigir la investigación de los delitos, llevar a los imputados a los tribunales, si corresponde, y dar protección a víctimas y testigos.

    Autonomía para la Fiscalía General del Estado.

    Actualmente es el Consejo de la Judicatura quien evalúa, designa y sanciona a los fiscales. 602 fiscales que no tenemos y hacen falta, el CJ no hace su trabajo.

    Con esta pregunta, se busca quitarle esta competencia y transferirla a la Fiscalía a través de un Consejo Fiscal.

    Que sea la FGE la que evalúe, designe y sancione a los fiscales a través del Consejo Fiscal.

    ¿Cómo se conforma este Consejo Fiscal?

    7 miembros y los designa el Fiscal General del Estado.

    ¿Cuál es el propósito de esto?

    Quién garantiza que este consejo fiscal funcione si el Consejo de la Judicatura no funciona? Se debió aprovechar para pedir Autonomía Financiera.

    El poder se concentraría en una sola autoridad, porque será esta quien designe a los miembros del Consejo Fiscal.

    Si gana el SI, se declara DESIERTO todos los procesos que se esten llevando de selección, designación, evaluación, promoción de fiscales. Se van a suspender.

    Los procesos disciplinarios van a continuar.

    Plazos

    Proyecto de reforma 90 días

    Aprobación de Asamblea 365 días

    Consejo Fiscal 30 días desde la publicación de resultados

  • lo siento pero no tiene sentido, como el fiscal va a designar a quien le tiene que “juzgar”? ayayai. estoy perdida, desierto, plazos, que hace la fiscalia? ay dios.

    la fiscalia according to google: La Fiscalía General del Estado

     es una institución autónoma, que dirige la investigación preprocesal y procesal penal, procurando el acceso a la justicia con sujeción a los principios de oportunidad y mínima intervención penal, con especial atención al interés público y a los derechos de las víctimas.

 

pregunta 3

En la actualidad, la Asamblea Nacional está integrada por 137 asambleístas y se estima que, con el censo poblacional del 2022, este número ascienda aproximadamente a 152 asambleístas. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?

  • Pregunta más populista de la Consulta Popular

    Reducción del no. de Asambleístas

    Ahora hay 137 asambleístas, para el 2025 se podría tener 150 asambleístas.

    Si gana el SÍ, bajaría a 101-104 asambleístas.

    Asambleistas Nacionales

    Actualmente 15 y si gana el SÍ llegaría a 36 asambleístas.

    Asambleistas Provinciales

    Actualmente hay 2 asambleístas por provincia y 1 por cada 200k habitantes.

    Si gana el SÍ sería 1 por provincia y 1 más por cada 250k habitantes.

    Actualmente hay 6 asambleístas en el exterior.

    Si gana el SÍ quedarían en 3.

    ¿Quién se afecta?

    AFECTA LA REPRESENTATIVIDAD DE LAS PROVINCIAS PEQUEÑAS, generalmente las provincias de la Amazonia porque hay muchas zonas que no llegan a esa cantidad.

    Las más grandes ahora tendrán más representación.

    ¿Hay cambios indirectos?

    Actualmente los movimientos políticos necesitan tener 3 asambleístas electos para mantener su registro electoral, como se reduce el número de asambleístas probablemente muchos no llegaran a ese 3 y podrían estar en riesgo el registro electoral que necesitan y podrían desaparecer.

    No se pueden realizar cambios 1 año antes de las elecciones, por lo tanto quizás para el 2025 se siga votando igual.

    La Asamblea no responde a las prioridades de los ecuatorianos pero definitivamente no va a sacrificar las representaciones de los pueblos.

    ¿Es un ahorro? No.

    Actualmente la Asamblea es uno de los 7 parlamentos más pequeños de Latinoamérica.

  • Basicamente, perjudica a las provincias con menos personas, normalmente estas tambien son indigenas que de por sí ya son mal representadas, calladas y abusada (naturaleza y humanos). Baja la representación de provincias con menos personas y aumenta a las que tienen mas personas.

 

pregunta 4

Actualmente existen 272 movimientos políticos en el Ecuador. Estos no garantizan la representación ciudadana, ni una adecuada participación de sus miembros. ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5 % del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?

  • Dirigida a 272 movimientos políticos pero excluye a 6 partidos políticos.

    Expertos dicen que no es necesaria porque esto ya consta en la Constitución y en la Ley de Democracia, ya que los movimientos políticos deben contar con el 1,5% del registro electoral.

    El Código de la Democracia ya le dice al CNE que haga controles. El CNE si lo puede hacer pero no lo hace.

    Cambios según el Gobierno:

    Se cambia la denominación de adherentes a afiliados en los movimientos políticos.

    Que todos los afiliados (ahora adherentes) tengan un registro.

    ¿Cuál es la intención con esta pregunta?

    Se acusa a algunos movimientos políticos que tienen a personas con firmas falsas, personas fallecidas, doble personas.

    Eliminar los movimientos políticos que fueron creados con firmas falsas.

    Plazo para completar inscripción: 365 días

    Plazo para eliminación: 30 días

    Expertos dicen que el CNE ya puede hacer esto, que no se requiere cambios en la Constitución.

  • es español? ya existe…?

    VERIFICA SI ESTAS AFILIADO A UN PARTIDO POLITICO SIN TU CONSENTIMIENTO (!!!!!!!) , EN ESTE ARTICULO ESTÁN LAS INSTRUCCIONES: https://www.primicias.ec/noticias/politica/revisar-en-linea-afiliados-partido-politico/

 

pregunta 5

El CPCCS es una entidad pública que actualmente tiene el poder de designar a 77 autoridades. ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social enmendando la Constitución según el anexo?

  • Eliminar competencias del CPCCS

    Que sea la Asamblea que designe autoridades y no el CPCCS

    El CPCCS escoge a 77 autoridades luego de un proceso o ternas:

    FGE

    Contralor

    Procurador

    Miembros del CNE

    Miembros del CJ

    Tiene 14 años de su creación.

    De ganar el si, la Asamblea elegiría a esta 77 autoridades.

    Presidente Asamblea → Comision tecnica (ejecutivo, judicial, transparencia, academia, legislativo, electoral, ciudadanos) → Informe comisión técnica → Designa y posesiona

    ¿Dónde está LO PELIGROSO?

    En la transitoria (anexo), se van a declarar desiertos todos los procesos que están llevando a cabo.

    Autoridades prorrogadas en funciones por UN ANO Y MEDIO MÁS.

    (al menos octubre 2024) Se quiere blindar el Gobierno?

    Plazos

    El Ejecutivo tiene 180 días para enviar la reforma a la AN.

    La AN tiene 365 días y puede pedir un prórroga de 90 días.

  • CCP CUAL? ay.

 

pregunta 6

El CPCCS es una entidad pública que actualmente es elegida por sufragio universal. ¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución según el anexo?

  • Propone que la Asamblea designe los CPCCS

    Que ya no los designe el voto popular sino que se vote por el CPCCS

    En el 2018 se votó para que sean designados por voto popular, eran designados por el CNE.

    Si gana el SI, ¿cómo se escogería a los miembros del CPCCS?

    El Presidente de la Asamblea convoca a la ciudadanía. La AN no va a designar directamente porque será una Comisión Técnica de Selección y esta Comisión resuelve impugnaciones y valora a los postulantes. Esta CTS tiene 60 días para realizar un informe, es vinculante, lo envía al Pleno de la AN.

    Creada lista de 20 candidatos se eligen los 7 titulares y 7 suplentes.

    La AN necesita 70 votos para poder designar al consejero. (mayoría absoluta)

    La Comisión Técnica de Selección: ejecutivo, legislativo, judicial, electoral, transparencia, 2 ciudadanos y 2 academia.

    Se cuestiona que esta Comisión pueda tener intereses políticos.

    La credibilidad de la AN tiene 5% de aceptación.

    El cambio se sentiria en el 2027

  • 2027!!!

 

pregunta 7

La Constitución excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a las áreas de protección hídrica, por lo que estas no gozan de su protección. ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?

  • Sistema de Proteccion de Areas Protegidas

    Estatal

    Autónomo

    Privado

    Descentralizado

    Comunitario

    Se busca incorporar el de Protección Hídrica

    El Gobierno dice que “va a haber mayor protección y destinar recursos”

    Esto ya constaba en la Ley de Recursos Hídricos pero fue declarada como inconstitucional por la CC.

    La CC dijo que se reforme esta ley y la AN no lo ha hecho.

    Postura En Contra

    El agua ya está protegida en la CC, tratados internacionales y en otras leyes. Esta pregunta haría que la AN (poderes económicos) que haga reformas que no beneficien al Agua.

    Si solo se incluyen estas 16 y posteriormente se puede o no incluir más áreas?

    El anexo dice que se incluyan áreas de protección hídrica (ahora hay 16).

    La Asamblea tiene 365 días para reformar el Código Orgánico del Ambiente + 180 días.

    Es preocupante porque es una pregunta técnica y no fue consensuada con las comunidades.

    ¿Es una pregunta de relleno? ¿Se necesita reformar para destinar recursos?

  • como confiar?

 

pregunta 8

La Constitución no prevé compensaciones a quienes apoyan a la generación de servicios ambientales. ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?

  • Compensación por servicios ambientales

    En teoría: Se trata de un pago por no tocar los recursos ambientales existentes

    La CRE no define el término compensación. No lo prohíbe.

    A favor: Dicen que es necesario el cambio para que exista claridad sobre la compensación para que “ciertas” ONGs paguen.

    En contra: Ya existe compensación. Ya hay proyectos a través de los que se les paga a las comunidades por conservar recursos naturales. Ej: Sociobosque

    Los certificados de servicio ambiental pueden canjearse o ofertarse en el exterior a cambio una empresa puede hacer una actividad con el mismo impacto ambiental.

    En este momento la regulación no está muy clara, pero ya se dan estas compensaciones. Sin embargo, algunas comunidades son engañadas.

  • no entiendo, osea si, pero, no creo …

 

Esperamos que esta conversación te ayude y te haga sentir que estas un poquito menos solx y confundidx.

xoxo,

Pili + Estefi

 
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